Seguro de Muerte Accidental

Al hablar de un seguro de muerte accidental, es necesario entender a que nos referimos cuando hablamos de muerte accidental o muerte por accidente.

Se entiende por muerte accidental, la muerte del asegurado por causas violentas súbitas y externas. Igualmente hay algún caso como la muerte por infarto de miocardio, que hay compañias que la consideran un accidente, depende de cada compañía y de la exclusiones que tenga.

Algunas coberturas están contempladas por lo siguiente:

Beneficio por muerte accidental. La compañía aseguradora pagará además de la suma asegurada para el beneficio básico, la amparada para este beneficio adicional, si el fallecimiento ocurre a consecuencia de un accidente.

Beneficio por muerte accidental y pérdidas orgánicas. Cubre además de la muerte accidental, una protección contra pérdidas orgánicas (pérdida de dedos, manos, ojos, etc.) a consecuencia de un accidente. Esta cobertura otorga al asegurado una indemnización en caso de que al sufrir un accidente no fallezca, pero sufra daño en su integridad física, debido a la pérdida de alguna parte de su cuerpo a causa del accidente. La compañía aseguradora pagará un porcentaje de la suma asegurada para este beneficio de acuerdo a una escala de indemnizaciones que se encuentra en función del tipo de pérdida orgánica.

Los accidentes son imprevistos y repentinos. Pueden ocurrir en cualquier lugar, de cualquier forma y pueden tener consecuencias de cualquier magnitud, desde un simple rasguño hasta la muerte. Ahora bien, el Seguro de Muerte Accidental surge como respuesta a las siguientes preguntas:

  • ¿Qué pasará con su familia si fallece?
  • ¿cómo garantizar el futuro de sus hijos?

El Seguro de Muerte Accidental considera el pago del plan contratado a los beneficiarios del seguro en caso de fallecimiento del asegurado a causa de un accidente. Permite que usted y su familia estén protegidos ante cualquier imprevisto producto de un accidente con resultados lamentables las 24 horas los 365 días del año.

Dependiendo de cada compañía, el seguro es uno de los más completos del mercado y ofrece una serie de coberturas que abarcan los aspectos más importantes de la vida. Usted puede suscribir al seguro en forma individual hasta los 65 años, o de forma colectiva para grupos o empresas y el valor de la prima está directamente relacionado con el riesgo de las actividades que realiza el asegurado, independientemente de la profesión que posea.

Las limitaciones de las coberturas están referidas a las exclusiones, las cuales son:

  • Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra.
  • Comisión de actos calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo.
  • Suicidio, intento de suicidio, o heridas autoinflingidas, ya sea que el Asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
  • Intoxicación o encontrarse el Asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
  • Riesgos nucleares o atómicos.
  • Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive en la escala modificada de Mercalli, determinado por el Servicio Sismológico del Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile o del servicio que en el futuro lo reemplace.

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