Seguros asociados al Credito al Consumo

Para hablar de los Seguros asociados al Crédito al consumo, es necesario saber que un Crédito de Consumo es un préstamo a corto o mediano plazo que se otorga para obtener dinero de libre disposición. Normalmente se utiliza para financiar la compra de bienes de consumo o realizar el pago de servicios.

La contratación de este crédito tiene otros gastos asociados, esto es, el impuesto de timbres y estampillas, la autorización notarial de este contrato y de su respectivo pagaré. Estos costos aparecen indicados al final del contrato y en la Hoja de Resumen.

Es importante que tenga presente que en caso de atraso o mora en el pago de alguna de las cuotas, la tasa de interés para ellas ya no será la pactada en la hoja de resumen sino la tasa de interés máximo convencional hasta que pague la totalidad de las cuotas atrasadas

• Usted tiene derecho a pagar anticipadamente la deuda completa, en esta situación el Banco tiene derecho a cobrar una comisión de prepago cuyo valor se detalla en la Hoja de Resumen.
• Usted tiene derecho a pedir información cuando estime conveniente sobre el saldo remanente de su crédito y el banco deberá entregársela en un máximo de 3 días hábiles.
• Usted recibirá trimestralmente un estado de Cuenta del Crédito que indicará el monto remanente del Crédito junto a otros indicadores, el cual se le entregará por escrito a su domicilio o casilla e-mail.
• Usted debe informar al Banco cualquier cambio en sus ingresos, así como respecto de su dirección, correo electrónico y/o teléfono

En caso de fallecimiento del Asegurado, la Compañía Aseguradora pagará el saldo insoluto de la deuda a la fecha del fallecimiento del asegurado, determinado sobre un servicio regular, considerando hasta 2 cuotas en mora más sus respectivos intereses a la fecha de ocurrencia del siniestro.

Será considerado como fecha de ocurrencia del siniestro, la fecha de fallecimiento indicada en el certificado de defunción. Deudores con giro y/o fiadores, codeudores, avales con o sin giro comercial de Créditos Comerciales en pesos, unidades de fomento y moneda extranjera, de Créditos reales y otorgados por Corpbanca a empresas y/o personas con giro y siempre que cumplan con los requisitos de asegurabilidad.

Estos serán expresados siempre en UF, según el valor para el día de la operación, consecuentemente, las primas y los siniestros.

Primas de Seguros

La Prima descontada del mosto del crédito aprobado, calculada a una tasa según el plazo del crédito.

Tomar seguros para obtener un crédito de consumo es una decisión voluntaria del Solicitante ya que las normas de la Superintendencia no establecen ningún seguro obligatorio. Eso si, algunas entidades pueden exigir el contrato de un seguro por políticas propias, ya que tienen autonomía crediticia.

Los seguros más comunes son los de Desgravamen y de Cesantía e Incapacidad Laboral.

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