Dentro de la línea de seguros colectivos que presenta el Banco Consorcio, hay muchas posibilidades que pueden beneficiarte, en este sector trataremos los distintos productos del seguro colectivo de proteccion:
- Seguro de vida Temporal:
Puede ser contratado por una Empresa, Sindicato o Bienestar para sus trabajadores vigentes y sus cargas familiares, con un mínimo de 25 asegurados.
El Seguro Colectivo de Vida pagará el capital asegurado en caso de fallecimiento del trabajador titular por enfermedad o accidente, a el o los beneficiarios designados.
El capital asegurado a contratar puede definirse de acuerdo a distintas modalidades:
– Capital Fijo; Mismo monto para todos los empleados.
– Capital Estratificado; Los montos son variables y se definen de acuerdo a las distintas divisiones o filiales al interior de la empresa.
– Múltiplo de renta; Modalidad que permite garantizar a la familia de cada trabajador que en caso de su eventual fallecimiento, mantendrá su nivel de ingresos por un periodo suficiente para readecuar su situación económica. Ejemplo: 12 ó 24 rentas.
Este seguro también puede contratarse con Protección Familiar, es decir, se otorga un capital menor exclusivamente de fallecimiento al cónyuge y/o hijos del asegurado titular.
Beneficios del mismo : La prima puede ser cancelada por la empresa, asegurado titular o una combinación entre ambos.
Se puede determinar el monto del capital asegurado y cómo se expresará ( UF fija o Múltiplo de renta).
El capital asegurado no está afecto a los impuestos de Renta ni Herencia y es inembargable. Además, la parte de la prima que el empleador cancele, puede imputarse como gasto para efectos tributarios.
Los asegurados quedarán cubiertos durante las 24 horas del día, dentro y fuera del país.
- El Seguro de Escolaridad:
Asegura el pago de la educación de los hijos señalados en la póliza, en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado titular, Puede ser contratado por un establecimiento educacional para los apoderados de sus alumnos.
Alternativas de cobertura:
– Educación Media Completa.
– Educación Superior, hasta un máximo de 6 años.
Beneficios: Permite cobertura de Fallecimiento e Invalidez del padre o madre del alumno que financia los estudios.
Permite la repetición de un año académico.
Permite que los alumnos asegurados puedan cambiarse a otro establecimiento, incluso en otra ciudad o país.
El pago del capital asegurado puede hacerse de una sola vez ó a través de rentas en un periodo de tiempo. Cobertura las 24 horas del día y 365 días del año.
- El seguro de Accidentes Personales:
Permite disponer del capital asegurado tanto para hacer frente a las consecuencias de un accidente (invalidez o pérdida de un miembro) o indemnizar a los beneficiarios de la víctima, en caso de fallecimiento accidental. Puede ser contratado por una Empresa, Sindicato, Colegio o Bienestar para sus trabajadores vigentes, con un mínimo de 25 asegurados.
Beneficios: Permite otorgar una protección total a los asegurados en caso de accidente.
La prima puede ser cancelada por la empresa, el asegurado titular o una combinación entre ambos. Seguro sin exigencias médicas, es decir no requiere declaración adicional.