Seguros Colectivos de Proteccion – Banco Consorcio

 

Dentro de la línea de seguros colectivos que presenta el Banco Consorcio, hay muchas posibilidades que pueden beneficiarte, en este sector trataremos los distintos productos del seguro colectivo de proteccion:

Puede ser contratado por una Empresa, Sindicato o Bienestar para sus trabajadores vigentes y sus cargas familiares, con un mínimo de 25 asegurados.

El  Seguro Colectivo de Vida pagará el capital asegurado en caso de fallecimiento del trabajador titular por enfermedad o accidente, a el o los beneficiarios designados.

El capital asegurado a contratar puede definirse de acuerdo a distintas modalidades:

– Capital Fijo; Mismo monto para todos los empleados.

– Capital Estratificado; Los montos son variables y se definen de acuerdo a las distintas divisiones o filiales al interior de la empresa.

– Múltiplo de renta; Modalidad que permite garantizar a la familia de cada trabajador que en caso de su eventual fallecimiento, mantendrá su nivel de ingresos por un periodo suficiente para readecuar su situación económica. Ejemplo: 12 ó 24 rentas.

Este seguro también puede contratarse con Protección Familiar, es decir, se otorga un capital menor exclusivamente de fallecimiento al cónyuge y/o hijos del asegurado titular.

Beneficios del mismo : La prima puede ser cancelada por la empresa, asegurado titular o una combinación entre ambos.

Se puede determinar el monto del capital asegurado y cómo se expresará ( UF fija o Múltiplo de renta).

El capital asegurado no está afecto a los impuestos de Renta ni Herencia y es inembargable. Además, la parte de la prima que el empleador cancele, puede imputarse como gasto para efectos tributarios.

Los asegurados quedarán cubiertos durante las 24 horas del día, dentro y fuera del país.

  • El Seguro de Escolaridad:

Asegura el pago de la educación de los hijos señalados en la póliza, en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado titular, Puede ser contratado por un establecimiento educacional para los apoderados de sus alumnos.

Alternativas de cobertura:

– Educación Media Completa.
– Educación Superior, hasta un máximo de 6 años.

Beneficios: Permite cobertura de Fallecimiento e Invalidez del padre o madre del alumno que financia los estudios.

Permite la repetición de un año académico.

Permite que los alumnos asegurados puedan cambiarse a otro establecimiento, incluso en otra ciudad o país.

El pago del capital asegurado puede hacerse de una sola vez ó a través de rentas en un periodo de tiempo. Cobertura las 24 horas del día y 365 días del año.

  • El seguro de Accidentes Personales:

Permite disponer del capital asegurado tanto para hacer frente a las consecuencias de un accidente (invalidez o pérdida de un miembro) o indemnizar a los beneficiarios de la víctima, en caso de fallecimiento accidental. Puede ser contratado por una Empresa, Sindicato, Colegio o Bienestar para sus trabajadores vigentes, con un mínimo de 25 asegurados.

Beneficios: Permite otorgar una protección total a los asegurados en caso de accidente.

La prima puede ser cancelada por la empresa, el asegurado titular o una combinación entre ambos. Seguro sin exigencias médicas, es decir no requiere declaración adicional.

 

Publicidad