Seguro Arriendo Seguro Banco de Chile

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Banco de Chile es un banco comercial que proporciona una completa gama de productos y servicios financieros a una amplia base de clientes que incluye grandes corporaciones, pequeñas y medianas empresas y mercado de personas, a través de una red nacional de 421 sucursales, 2.011 cajeros automáticos y otros canales de distribución electrónicos.

En lo que respecta a la gama de seguros, busca proteger a los clientes en todo momento y ante cualquier circunstancia. En esta oportunidad hablaremos del Seguro de Hogar, llamado Seguro Arriendo Seguro, para que puedas conocer los beneficios de dicha cobertura.

Características Seguro Arriendo Seguro

Seguro Arriendo Seguro, cubre el valor del arriendo mensual, para arriendo desde $150.000 a $1.500.000. Asegura propiedades de uso Comercial y/o Particular como casas, departamentos, locales comerciales y oficinas.

Coberturas

Coberturas

Plan 1

Plan 2

Rentas de indemnización

Hasta 6 Rentas

Hasta 9 Rentas

Servicio Legal sin Costo

Asesoría jurídica de abogados

Si

Si

Presentación de demanda contra arrendatario y aval

Si

Si

Asesoría en la firma y redacción del contrato de arriendo

Si

Si

Gastos notariales generados por el proceso judicial de cobro

Si

Si

Gestiones de cobranza prejudicial.

Si

Si

Valor Prima Mensual

UF 0,17
$4.176*

UF 0,20
$4.912

Beneficios

Al contratar este tipo de cobertura, podrá aprovechar increíbles beneficios, entre ellos:

  • Cubre el valor de arriendo mensual impago del arrendatario.
  • Apoyo legal hasta la restitución material del inmueble arrendado, como consecuencia del incumplimiento de contrato por no pago de rentas.
  • Completo Servicio Legal sin costo.

 Requisitos

  • Arrendatario y Aval si existiere, deben cumplir con la evaluación comercial de la Compañía para la suscripción del seguro.
  • Plazo del contrato de arriendo mínimo de 12 meses.
  • Ubicación del Inmueble en territorio nacional, con excepción de la Isla de Pascua, el Archipiélago de Juan Fernández y la Antártica Chilena.
  • El arriendo debe encontrarse al día en sus pagos.
  • No debe existir relación de parentesco ni de sociedad entre arrendatario y arrendador.
  • Contrato de arrendamiento vigente con firmas debidamente autorizadas ante notario.

Exclusiones

  • Rentas adeudadas o conflictos iniciados con anterioridad al inicio de la vigencia de la póliza.
  • El incumplimiento de cualquier obligación del arrendatario diferente de: Pagar las rentas de arrendamiento y/o restituir el inmueble al término del contrato por no pago de la renta de arrendamiento.
  • Gestiones que deban tramitarse fuera del área de cobertura
  • Los gastos que se deriven de una acumulación de juicios, o de la tramitación de una contrademanda.
  • Y las demás detalladas en las condiciones generales de la póliza.

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