En este segmento trataremos el Seguro de salud TodoSalud Plus, es un seguro ofrecido y cubierto por EuroAmerica Seguros de Vida S.A. según lo dispuesto en los condicionados generales código POL 3 10 100 y CAD 3 03 055 depositados en la Superintendencia de Valores y Seguros y sus condiciones particulares.
La información presentada es sólo un resumen de su cobertura y el detalle de ésta, además de sus exclusiones y condiciones se encuentran presentes en los respectivos condicionados.
El mismopuede actuar como un plan de salud con excelente cobertura, en caso de que no tengas cobertura Y en caso de una grave enfermedad, TodoSalud Plus permite acceder al exclusivo Beneficio Máxima Salud que elimina el deducible para las siete enfermedades de más alto costo.
Básicamente estamos hablando de un Seguro de Salud que reembolsa los gastos médicos mayores y además entrega protección a tu familia evitando que una enfermedad o accidente se transforme en una catástrofe económica.
Caracteristicas:
- Capital Asegurado: Planes de UF 15.000 – 20.000 – 25.000
- Edad de ingreso: hasta los 64 años de edad.
- Tope de Cobertura: Existen dos opciones de cobertura:
- Hasta los 70 años de edad si se contrata después de los 55 años de edad.
- Hasta los 80 años de edad si se contrata antes de los 55 años de edad. Después de los 70 años de edad, el monto máximo a reembolsar por persona es de UF 10.000 anual y deducible de UF 100 por evento.
- Asegurados: Titular, cónyuge, hijos, padres, hermanos, otros.
- Deducible: desde UF 50 hasta UF 200.
- Beneficio Máxima Salud: deducible cero para las siete enfermedades de más alto costo (Cáncer, Infarto al miocardio, Enfermedades de las Coronarias que requiere cirugía, Enfermedades cerebrales, Accidente Vascular Encefálico, Insuficiencia Renal Crónica, Trasplante de órganos mayores)
A) Beneficio de Hospitalización:
Gastos provenientes de prestaciones realizadas durante una hospitalización, efectuadas o prescritas por un médico tratante :
1)- Días cama hospitalización: Gasto por habitación, alimentación y atención en general de enfermería, suministrada al asegurado durante su hospitalización.
2)- Servicios hospitalarios: Gastos por concepto de servicios de hospital no incluidos en la letra anterior, tales como salas de urgencia; derecho de pabellón; unidad de tratamiento intensivo; exámenes de laboratorio y radiología; procedimientos especiales; equipos; insumos y medicamentos hospitalarios; y otros gastos suministrados al asegurado durante su hospitalización y que hayan sido debidamente prescritos por el médico tratante como necesarios para el tratamiento de la incapacidad.
3)- Honorarios médicos quirúrgicos: Los honorarios de médicos y arsenalera que hubieran intervenido en una operación quirúrgica al asegurado.
4)- Cirugía dental por accidente: El tratamiento de lesiones provenientes de un accidente a los dientes naturales, efectuado por un médico cirujano maxilofacial o un odontólogo, siempre que ésta se realice dentro de los seis (6) meses siguientes al accidente y este beneficio esté vigente. El tratamiento incluye también el reemplazo de dichas piezas dentales accidentadas.
5)- Servicio Privado de Enfermera: Servicio privado de enfermera durante la hospitalización, siempre que haya sido prescrito por el médico tratante.
6)- Servicio de Ambulancia: Servicio de ambulancia terrestre para conducir al asegurado desde y hacia un hospital local, dentro de un radio de 50 Kms, y con el máximo número de traslados indicados en las Condiciones Particulares de la póliza.
B) Beneficio Ambulatorio:
Gastos provenientes de prestaciones realizadas en forma ambulatoria o sin hospitalización, efectuadas o prescritas por un médico tratante y que se detallan expresamente en las Condiciones Particulares de la póliza.