Superintendencia de Seguros

La Superintendecia de Valores y Seguros es una institución autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se vincula con el Gobierno de Chile a través del Ministerio de Hacienda.

Le corresponde velar porque las personas o instituciones supervisadas, desde su iniciación hasta el término de su liquidación, cumplan con los reglamentos, las leyes, los estatutos y otras disposiciones que rigen el funcionamiento de los mercados de Valores y de Seguros, por tanto le compete la fiscalización superior de las actividades y entidades que participan en ellos.

La Superintendencia de seguros cumple con las siguientes funciones:

Función Supervisadora: corresponde el control y vigilancia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y administrativa.

Función normativa: Corresponde a la capacidad de la SVS, de efectuar una función reguladora, mediante la dictación de normas o instrucciones propias para el mercado y las entidades que lo integran. Es decir, establecer el marco regulador para el mercado.

Examinar todas las operaciones, bienes, libros, cuentas, archivos y documentos de los sujetos o actividades fiscalizados y requerir de ellos o de sus administradores, asesores o personal, los antecedentes y explicaciones que juzgue necesarios para su información.

A través de su página web, podrá encontrar información referida a los mercados supervisados; la legislación que los regula y, aquellos antecedentes proporcionados a la SVS por las entidades supervisadas, tales como: estados financieros; hechos esenciales; pólizas de seguros registradas y, estadísticas financieras y técnicas.

Por otra parte, se facilitará por este medio la difusión de las resoluciones y demás actos que adopte la SVS en razón de su rol de regulador y supervisor, así como de los registros públicos que ella mantiene.

Además, podrá conocer información institucional de la SVS, su organización funcional, los recursos utilizados, los servicios y trámites a su cargo, y las publicaciones que realiza.

Finalmente, para facilitar el envío de información por parte de fiscalizados, a través de la página se espera poder realizar transmisión electrónica de información de estados financieros, de hechos esenciales, y otras provenientes de las entidades que componen los mercados supervisados.

Consulta de Seguros:

La Superintendencia cuenta con un portal donde podrá conocer los seguros contratados o en los que se es beneficiario, en un plazo máximo de 30 días. El nuevo sistema busca entregar de manera sencilla y rápida toda la información referente a los seguros contratados o en los que se es beneficiario, permitiendo así que los consultantes tomen conocimiento de sus seguros y puedan hacer un buen uso de éstos.

Este nuevo sistema, establecido por la Ley 20.552 está dirigido principalmente a aquellos que desconocen qué seguros tienen y a personas naturales cuyos familiares han fallecido o tengan incapacidad judicialmente declarada. Para facilitar el acceso al nuevo sistema, la SVS, lanzó la página web a través de la cual el consultante, de cualquier parte del país, podrá ingresar su solicitud.

El nuevo sistema contempla cuatro modalidades de consultas de seguros, dependiendo de quién las efectúe:
– Consulta de un asegurado vivo
– Consulta de cónyuge, hijos o padres de un asegurado fallecido o con incapacidad judicialmente declarada
– Consulta de beneficiarios de un asegurado fallecido o con incapacidad judicialmente declarada
– Consulta de legítimos interesados (quienes tienen un interés en la existencia de un seguro que resguarde un bien o derecho que les
afecta).

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