Banco de Chile es un banco comercial que proporciona una completa gama de productos y servicios financieros a una amplia base de clientes que incluye grandes corporaciones, pequeñas y medianas empresas y mercado de personas, a través de una red nacional de 421 sucursales, 2.011 cajeros automáticos y otros canales de distribución electrónicos.
En lo que respecta a la gama de seguros, busca proteger a los clientes en todo momento y ante cualquier circunstancia. En esta oportunidad hablaremos del Seguro Cesantía con Devolución para que puedas conocer los beneficios de dicha cobertura.
Características Seguro Cesantía con Devolución
El Seguro Cesantía Con Devolución permite cubrir el monto utilizado, según plan, de tu Tarjeta de Crédito o Línea de Crédito del Banco de Chile y también el pago de tus cuentas básicas (agua, gas, teléfono, celular, TV cable, e Internet), en caso de quedar desempleado en forma involuntaria o incapacitado producto de una enfermedad o accidente.
Beneficios
- Te devuelve el 40% de las primas pagadas cada 36 meses, siempre y cuando no existan, siniestros, ni primas adeudadas.
- Cubre el saldo utilizado de tus Tarjetas de Crédito o Líneas de Crédito del Banco de Chile (hasta el monto según plan contratado).
- Cubrirá hasta UF 10 para el pago de tus cuentas básicas, siempre y cuando no existe deuda en la Tarjeta de Crédito o en tu Línea de Crédito
Cobertura
Coberturas |
Plan 1 |
Plan 2 |
Desempleo Involuntario |
Monto asegurado hasta |
Monto asegurado hasta |
Incapacidad Temporal |
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Cuentas Básicas
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Una vez cubierto el monto utilizado de tu Tarjeta de Crédito y/o Línea de Crédito según el plan contratado, y siempre que no hayas ocupado el máximo asegurado, podrás cubrir tus cuentas básicas hasta el tope máximo de UF10. Si no existe deuda en la tarjeta de crédito o en tú Línea de Crédito, se indemnizarán tus cuentas básicas solo hasta UF10. |
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Prima mensual |
$11.821* |
$16.747* |
Requisitos
Descripción |
Cobertura de Desempleo |
Cobertura Incapacidad temporal |
Antigüedad Laboral (Lapso de tiempo durante el cual el asegurado deberá depender de un mismo empleador para tener derecho a la cobertura de desempleo. |
180 Días |
No Aplica |
Carencia: Período de tiempo desde el inicio de vigencia de la cobertura, durante el cual el asegurado no tiene derecho alguno a indemnización. |
30 Días |
30 Días |
Período activo mínimo: Lapso de tiempo, que debe permanecer el asegurado en el nuevo empleo, para invocar un segundo evento, una vez que ha sido indemnizado. |
180 Días |
180 Días |
Mínimo de días en estado de Desempleo o Incapacidad: Lapso de tiempo mínimo durante el cual el asegurado deberá permanecer en estado de Desempleo o Incapacidad para invocar la cobertura. |
30 Días |
30 Días |
Requisitos de Asegurabilidad |
Edad mínima de ingreso: 18 años. |
Exclusiones
No se efectuará el pago de las cantidades establecidas en las Condiciones Particulares de la póliza cuando la situación de incapacidad que aqueje al asegurado sea producto de alguna de las siguientes causales:
- Reposo o licencia a causa de embarazo o cualquier enfermedad producida con motivo del embarazo.
- Las Incapacidades de origen nervioso (incluyendo depresión) y enfermedades a la espalda. Se entiende como incapacidades de origen nervioso las enfermedades mentales que producen alteraciones o trastornos de los procesos cognitivos y afectivos del desarrollo.